REFUGIO NOTICIA
GOBIERNO
PUBLICA LOS REQUISITOS PARA LA CONTINUIDAD LABORAL DEL PERSONAL CAS COVID
En el marco de lo dispuesto
por el artículo 26 de la Ley 31538, se ha dispuesto una serie de requisitos
para la contratación de personal CAS para los meses de agosto y setiembre de
2022, y de esta manera mantener la capacidad operativa del sistema de salud en
todos los niveles de atención.
En ese contexto, a través de
la Resolución Ministerial N°573-2022/MINSA publicada ayer 2 de agosto en el
diario oficial El Peruano, se ha establecido que para ser contratado los
trabajadores deben haber realizado labores asistenciales o administrativas en
áreas diferenciadas COVID-19, en el marco de las contrataciones autorizadas
durante la emergencia sanitaria por la pandemia.
Los colaboradores también deben
haber estado en el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos
Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo N.°
1057, vigente hasta el 31 de julio de 2022. Además, en el caso de los
profesionales de la salud, contar con la Resolución de Termino de SERUMS.
Cabe resaltar que los
contratos son de naturaleza estrictamente temporal y se celebran a plazo
determinado, solamente para los meses de agosto y setiembre de 2022, los mismos
que se sujetan estrictamente a los créditos presupuestarios aprobados en el
numeral 26.4 del artículo 26 de la Ley N.° 31538.
Para hacer la contratación, las
unidades ejecutoras del Ministerio de Salud (Minsa), del Instituto Nacional de
Salud (INS), del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de las
unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales deben formular el
requerimiento de contratación del personal justificando la necesidad de contratación,
el mismo que debe contar con la certificación presupuestal.
Cabe mencionar que la Oficina
de Recursos Humanos o la que haga sus veces debe verificar si el personal a
contratar no se encuentra registrado en el AIRHSP de otra entidad, previo a la
suscripción del contrato.
El personal contratado deberá realizar obligatoriamente trabajo de manera presencial, teniendo la vacunación completa. (rrpp)