Thursday, August 04, 2022

REFUGIO NOTICIA

GOBIERNO PUBLICA LOS REQUISITOS PARA LA CONTINUIDAD LABORAL DEL PERSONAL CAS COVID

En el marco de lo dispuesto por el artículo 26 de la Ley 31538, se ha dispuesto una serie de requisitos para la contratación de personal CAS para los meses de agosto y setiembre de 2022, y de esta manera mantener la capacidad operativa del sistema de salud en todos los niveles de atención.

En ese contexto, a través de la Resolución Ministerial N°573-2022/MINSA publicada ayer 2 de agosto en el diario oficial El Peruano, se ha establecido que para ser contratado los trabajadores deben haber realizado labores asistenciales o administrativas en áreas diferenciadas COVID-19, en el marco de las contrataciones autorizadas durante la emergencia sanitaria por la pandemia.

Los colaboradores también deben haber estado en el Registro Centralizado de Planillas y Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) bajo el régimen del Decreto Legislativo N.° 1057, vigente hasta el 31 de julio de 2022. Además, en el caso de los profesionales de la salud, contar con la Resolución de Termino de SERUMS.

Cabe resaltar que los contratos son de naturaleza estrictamente temporal y se celebran a plazo determinado, solamente para los meses de agosto y setiembre de 2022, los mismos que se sujetan estrictamente a los créditos presupuestarios aprobados en el numeral 26.4 del artículo 26 de la Ley N.° 31538.

Para hacer la contratación, las unidades ejecutoras del Ministerio de Salud (Minsa), del Instituto Nacional de Salud (INS), del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (INEN) y de las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales deben formular el requerimiento de contratación del personal justificando la necesidad de contratación, el mismo que debe contar con la certificación presupuestal.

Cabe mencionar que la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces debe verificar si el personal a contratar no se encuentra registrado en el AIRHSP de otra entidad, previo a la suscripción del contrato.

El personal contratado deberá realizar obligatoriamente trabajo de manera presencial, teniendo la vacunación completa. (rrpp)