REFUGIO NOTICIA
AUTORIDADES
Y FUNCIONARIOS PRESENTARÁN DECLARACIÓN JURADA DE INTERESES ANTE LA CONTRALORÍA.
Ahora las autoridades, ministros
de Estado, titulares de entidades y funcionarios públicos están obligados a
presentar ante la Contraloría General su Declaración Jurada de Intereses (DJI)
en línea, donde deberán informar sobre sus vínculos familiares, laborales,
económicos y financieros, con la finalidad de identificar y evitar posibles
conflictos de interés en la administración pública.
Así lo dispuso la Ley N° 31227,
“Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia
para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la
Declaración Jurada de Intereses de autoridades, servidores y candidatos a
cargos públicos”, y su reglamento.
La presentación de la
Declaración Jurada de Intereses es un requisito indispensable para el ejercicio
del cargo o función pública. Tal como lo señala la ley, están obligados a
presentar la DJI, el presidente y vicepresidente de la República, ministros y
viceministros, congresistas, gobernadores regionales y vicegobernadores,
alcaldes y regidores, los titulares de las entidades de la administración
pública, organismos públicos, programas y proyectos especiales, así como
profesionales y técnicos encargados de las contrataciones, entre otros
señalados en la ley.
Los obligados a presentar la
DJI también tendrán que informar si sus cónyuges o convivientes son
propietarias o tienen participación patrimonial en empresas, sociedades u otros
similares, además de información relativa a representaciones, poderes y
mandatos, entre otra información relevante, a fin de resguardar la
transparencia, independencia y objetividad que deben regir las funciones y
actividades en la administración pública.
Plazos y recomendaciones para
la presentación de la DJI
A más tardar el próximo 27
de agosto, la Contraloría General habilitará su portal institucional (www.contraloria.gob.pe), el Sistema de
Declaraciones Juradas para la Gestión de Conflicto de Intereses (SIDJI).
Registro de personas
obligadas:
El titular de la entidad
debe solicitar a la Contraloría General el acceso al aplicativo SIDJI para que
la máxima autoridad administrativa proceda con el registro de los sujetos
obligados a presentar las DJI.
El registro de obligados
debe comprender tanto a las personas obligadas que se encuentran en funciones,
así como también a aquellas personas que cesaron en sus funciones luego de
emitirse la Ley N° 31227.
El plazo para solicitar el acceso
al sistema e ingresar la información es de 10 días hábiles, a partir de la
habilitación del sistema SIDJI (es decir, del 27 de agosto al 10 de setiembre
del 2021).
Presentación de la DJI:
El plazo para la
presentación de las DJI para todos los sujetos obligados es de 15 días hábiles,
contabilizados desde el término del plazo para presentar el listado de obligados
(es decir, del 13 de setiembre al primero de octubre del 2021).
Las personas que
recientemente han ingresado a la administración pública, deben presentar la DJI
de inicio de funciones o actividades.
Mientras que aquellas
personas que se encuentran en funciones y debieron presentar su DJI periódica
después de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227, deben presentar una DJI
de inicio y otra DJI periódica, en el mismo aplicativo y el mismo plazo de 15
días hábiles.
Cabe destacar que las personas
que cesaron sus funciones luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 31227, (como
los exministros y exviceministros) también deben presentar la DJI de inicio y
DJI de cese, en el mismo aplicativo SIDJI, en el plazo señalado.
La presentación oportuna de
las Declaraciones Juradas de Intereses permitirá transparentar la información
de las autoridades y funcionarios públicos, a fin de resguardar la independencia
y objetividad que deben regir sus funciones y actividades.
El dato
Existe conflicto de interés
cuando los intereses privados del obligado colisionan con el interés público y
el ejercicio de sus funciones, entendiéndose que cualquier actuación que
realiza dicho sujeto obligado debe estar dirigida a asegurar el interés
público, y no a favorecer intereses personales o de terceros. (rrpp)