EL DIVÁN DEL PUMA
PROTESTA
POPULAR
Dada las circunstancias de
tensión social que vive nuestro país en especial la zona sur y otros puntos con
una plataforma de reclamos que ya todos conocemos, lamentablemente con
resultados hasta el momento que ha costado la vida de muchos compatriotas, en
nuestra realidad San Martin, asistimos a confrontaciones entre quienes apoyan
dicha medida y de aquellos que se sienten afectados en especial con el BLOQUEO DE CARRETERAS.
Decirles que es un tema que ya
abordamos en más de una oportunidad y como es normal con opiniones favorables y
de aquellos que discrepan con nosotros e incluso nos valió insultos en las redes bajo
el argumento “DE NO APOYAR LAS JUSTAS
LUCHAS REIVINDICATIVAS DEL PUEBLO”, es decir una percepción totalmente
errada, la intención nuestra es solo de poner en contexto hechos de esta
naturaleza y sus implicancias, reiteramos NOS
ASISTE EL DERECHO A LA PROTESTA claro que sí, pero siempre enmarcado dentro
del RESPETO A LOS DEMÁS, AL DERECHO AL TRABAJO
Y NUESTRAS LIBERTADES INDIVIDUALES.
BLOQUEAR
CARRETERAS:
No necesariamente hay que ser
especialista en leyes basta revisar información sobre dicha acción y nos da
como resultado que está tipificada como DELITO
EN EL CÓDIGO PENAL DE NUESTRO PAÍS, la que tiene como resultado: PENA DE PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD HASTA CON
10 DE AÑOS DE CÁRCEL EFECTIVA CONTRA LOS MANIFESTANTES QUE IMPIDAN EL LIBRE
TRÁNSITO DE LA CIUDADANÍA, es decir, que BLOQUEEN LAS CARRETERAS, sin embargo, la realidad nos dice todo lo
contrario y se ha convertido en algo al parecer normal pues NO PASA NADA, contra quienes impulsan y
realizan este tipo de acciones.
Hay que resaltar y recordar
que toda persona que actué empleando la violencia o amenaza, tome locales,
obstaculice vías de comunicación o impide el libre tránsito de la ciudadanía o
perturba el normal funcionamiento de los servicios públicos, será sancionado
con PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD NO MENOR
DE CINCO NI MAYOR DE DIEZ AÑOS, lamentablemente la realidad nos demuestra
todo lo contrario y tampoco pasa nada.
Pero se hace necesario hacer
la siguiente precisión, ante el entorpecimiento de LA LIBERTAD DE TRÁNSITO QUE ES UN DELITO TIPIFICADO Y SANCIONADO EN
NUESTRO CODIGO PENAL, hay instancias de nivel nacional e internacional que
han establecido que estos ACTOS SON
JUSTIFICADOS CUANDO LOS RECLAMOS SON LEGÍTIMOS, en decir, RECURRIR A LA FUERZA ES LEGÍTIMO CUANDO LAS
MEDIDAS DE FUERZA JUSTAMENTE BUSQUEN PROTEGER DERECHOS DE MAYOR IMPORTANCIA.
Reiteramos traemos a colación este tema porque mientras los protestantes se
desplazan a la capital de la república son interceptados por las FUERZAS DEL ORDEN y se reclama que se
viene VULNERANDO SU DERECHO A LIBERTAD
DE TRÁNSITO consagrada en la constitución, sin embargo cuando ellos BLOQUEAN LAS CARRETERAS ¿pasa acaso
como un acción válida?, una total contradicción a nuestro modesto entender.
En el desarrollo de una PROTESTA SOCIAL, es cierto que como
resultado de la tensión que se registra se cae muchas veces en expresiones
ofensivas, pero se tiene que entender que la INDIGNACIÓN, no debe ser motivo de caer en INSULTOS y de AMENAZAS EN EL
DESARROLLO DE LA LABOR PERIODÍSTICA, cuando lo que se busca es llevar la
información a la población. El tomar como REHENES
A POLICÍAS O CIVILES califica como DELITO
DE SECUESTRO AGRAVADO y podrían ser denunciados.
Las protestas no pueden
afectar la propiedad privada o pública, en ese sentido, los SAQUEOS no califican como actos de
protesta calificados como legítimos, sino totalmente DELINCUENCIALES.
PARA
TERMINAR:
Concluimos estos apuntes
reiterando que EL BLOQUEO DE CARRETERAS
CONFIGURA UN DELITO; sujeto a RESPONSABILIDAD
PENAL DE QUIENES RESTRINGEN LA LIBERTAD DE TRÁNSITO, finalmente indicar que
los ACTOS DE PROTESTA, NO DEBE AFECTAR A
TERCERAS PERSONAS, marcar la diferencia entre UNA PROTESTA LEGÍTIMA Y NO VANDALISMO, para tener muy en cuenta…
hasta nuestra próxima entrega. (dr/Puma)